martes, 10 de abril de 2012

Una Mirada desde la Constitución en el Discurso Religioso

Esto como forma de demostrar una forma legal de la practica discursiva, se muestra como en la Constitución del 1991, en el artículo 19 profeza: "Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.

Esto es un derecho que otorga la ley, semejante a la libertad de expresión, donde cada individuo es libre para expresar sus ideas, teniendo en cuenta que la religión como tal, es un conjunto de ideas que se presentan de manera dogmática. Sin embargo, a mi manera de verlo, existe un aspecto controversial que ha suscitado actualmente las mentes de unas colectividades quienes por su impertinencia han tenido unos malas consecuencias dentro de estas libertades. Principalmente sucede cuando, un dogma se convierte en algo tan sugestivo para la vida de las personas que ellas dejan de actuar por si mismas y viven en función a sus creencias o ideas implementadas por unas autoridades. Esta libertad entonces, no tiene en cuenta el descontrol, y la manera ilimitada en que se puede difundir una idea y penetrar en las masas incapaces muchas veces de poner un pare al poder de aquellas ideas, en ocasiones perjudiciales.

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